sábado, 2 de marzo de 2013

SE VIENE EL DECIMO TERCER SUELDO

Diciembre llegó y con ello la entrega del décimo tercer sueldo, que constituye un bono navideño adicional al sueldo que normalmente perciben los trabajadores. ¿En qué consiste, cuál es la fecha máximo de pago y cómo hacer que ese dinero no se esfume? De acuerdo al Código de Trabajo, todos los trabajadores tienen derecho a recibir el décimo tercer sueldo hasta el 24 de diciembre de cada año. El monto que el empleador debe pagar es "una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren (los trabajadores) percibido durante el año calendario", indica el artículo 111 del cuerpo legal. Para el cálculo de dicha remuneración, el Código establece que se debe tomar en cuenta "todo lo que el trabajador percibe por trabajos extraordinarios y supletorios, a destajo, comisiones, participación en beneficios, el aporte individual al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), cuando lo asume el empleador o cualquier otra retribución que tenga carácter normal en la industria o servicio". Así lo establece el artículo 95 del Código. En palabras de Miguel García, presidente de la Federación de Empleados Públicos, se debe sumar todos los ingresos recurrentes que reciben los trabajadores durante diciembre del año anterior a noviembre del año presente. En este caso, todos los ingresos percibidos entre diciembre de 2010 a noviembre de este año, dividido para doce meses. La Hora, 13 dic. 2011, p. B. 6

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