domingo, 10 de marzo de 2013

REPARTO DE UTILIDADES YA NO SE ATRASARIA POR SALARIO DIGNO

El pago del Salario Digno de los empleados deberá ser registrado en los balances de las empresas del 2012, aunque se trata de una compensación a los trabajadores sobre ingresos del 2011. Esto, según José Francisco Vacas, viceministro del Ministerio de Relaciones Laborales. El Salario Digno se paga a los trabajadores de empresas que en el 2011 reportaron utilidades y cuyos salarios no llegaron a los $ 350,70 mensuales (contabilizando proporcionales de los décimos, fondos de reserva, utilidades del 2010, etc.). Vacas informó ayer que para aclarar la deducción en el 2012 el Servicio de Rentas Internas (SRI) hará una circular que se remitirá a las empresas. De esta manera se destraba el pago de utilidades para los empleados. Sin embargo, el reparto a los accionistas sí está condicionado por el pago del Salario Digno. Según el funcionario, las utilidades para ese grupo no se deben entregar hasta que se pague la compensación a los trabajadores. El Universo, 29 mar. 2012, p. 10

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