sábado, 12 de septiembre de 2015

Mensualizar décimos el reto empresarial / Mensualizar o no mensualizar? He ahí el dilema

Desde el lunes, los trabajadores pueden decidir si quieren recibir los décimos tercero y cuarto de forma mensual o acumulados. La fórmula supone un dolor de cabeza para el sector privado. Si una compañía, dicen las cámaras empresariales, tiene 1.000 empleados y solo 300 quieren sus sobresueldos cada mes, eso implica un cambio administrativo. La diferenciación provoca nuevos mecanismos operativos. Ante el escenario, la Cámara de Industrias y Producción realizará, la próxima semana, talleres explicativos para sus afiliados. Ximena Amoroso, directora del Servicio de Rentas Internas (SRI), aclaró otra preocupación del sector privado. Los proporcionales no serán contabilizados en el aporte al Seguro Social ni sumarán en el pago del Impuesto a la Renta. La asambleísta de Madera de Guerrero, Cynthia Viteri, pidió esta aclaración, ya que la ley de Justicia Laboral -publicada el lunes en el Registro Oficial- no determinaba el tratamiento a seguir. Tampoco aclara los plazos para comenzar a recibir los pagos. Los artículos 21 y 22 de la nueva ley solo establecen que el trabajador deberá notificar a la empresa si quiere recibir los décimos acumulados. Caso contrario, detalla el documento, el pago será automáticamente mensual. Mediante comunicado, el ministro de Trabajo, Carlos Marx Carrasco, definió la fórmula. Hasta el 30 de mayo, el empleado deberá comunicar su voluntad. Si la decisión es mensualizar, el empleador debe añadir -hasta fin de año- los equivalentes de enero, febrero y marzo de este año. EN: Expreso, Año 42 No 15265 24 abr. 2015, p. 6

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