martes, 29 de septiembre de 2015

Trabajadores critican nuevo tope a la jubilación patronal

Gremios de trabajadores anunciaron ayer que presentarán una demanda de inconstitucionalidad al Acuerdo 204 del Ministerio del Trabajo que determina como nuevo tope de la jubilación patronal mensual el salario básico unificado (este año se ubica en $ 354). Así lo informó ayer, Pablo Serrano, presidente de la CEOSL (Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres), durante una pausa en la reunión que mantuvieron dirigentes de organizaciones agrupadas en el Frente Unitario de Trabajadores (FUT): CTE, CEDOCUT y la UGTE, quienes rechazaron la decisión gubernamental. "Un acuerdo ministerial no puede cambiar la ley (...) están cambiando la ley, eso es una inconstitucionalidad, los derechos de los trabajadores son irrenunciables", dijo Serrano. para Mesías Tatamuez, de la CEDOCUT, solo la Corte Constitucional puede interpretar una ley, y no el ministro del Trabajo. José Villavicencio, presidente de la UGTE, señaló que la limitación a los jubilados va de la mano con el retiro del aporte estatal del 40 %, que aprobó en la ley Laboral. Felipe Mantilla, exministro de Trabajo, indicó que un salario básico unificado, "es del trabajador en general", en cambio, una remuneración básica unificada (que es lo que establece el Código de Trabajo) es lo que gana cada trabajador, dependiendo de su rama de actividad. Para Iván Nolivos, abogado laboralista, los componentes para fijar la pensión no han cambiado y son los que constan en el art. 216 del Código del Trabajo, pero se fijó un tope. Nolivos considera que la reglamentación de una ley es facultad que le corresponde solo al presidente de la República, y que la interpretación de una normativa es potestad de la función Legislativa o de la Corte Constitucional. El Universo, Año 95 N°014 29 sep. 2015, p. 4

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