sábado, 14 de abril de 2012

HASTA ESTE VIERNES SE APROBARÁ EL MANDATO 2

Pese a que la aprobación delMandato 2 está asegurada en la Asamblea Constituyente, este documentosuma detractores en Montecristi. Jueces y alcaldes aseguran que ganar unsalario mayor al del Presidente no es inequitativo. "Toda remuneración setiene que definir de conformidad con la responsabilidad que se ejerce.Los magistrados exponemos la vida cada vez que hacemos justicia y no esjusto que tengamos que regirnos a lo que el Presidente decida". Así lopuntualiza Hernán Ulloa, magistrado de la Tercera Sala de lo Penal.Además, según dice, el sueldo promedio de los magistrados en el país esde USD 6 000 y "en los últimos seis años no se ha aprobado ningúnaumento". Jonny Terán, presidente de la Asociación de MunicipalidadesEcuatorianas (AME), coincide con Ulloa y añade que la remuneraciónpromedio de un alcalde es de USD 4 000 y que, pese a que no les afectadirectamente, viola la Ley Orgánica de servicio Civil y CarreraAdministrativa. "Ya no vivimos en un Estado de Derecho, la Asamblea seubica sobre los derechos ganados por los trabajadores". Pese a laoposición, la aprobación del Mandato está asegurada. Al menos así loafirmó César Rodríguez, asambleísta oficialista y presidente de la Mesade Legislación y Fiscalización. "Tenga la seguridad de que el mandato sedebatirá y aprobará en el Pleno hasta el viernes. Y quienes no cumplancon las disposiciones que se plantean serán destituidos de sus funciones". El mandato establece que ningún empleado público ganará un sueldo mayor aUSD 5 000 y tampoco percibirá beneficios adicionales. Es decir, seprohíbe a las entidades públicas entregar asignaciones complementarias,compensaciones salariales y bonificaciones especiales, que permitan a unservidor ganar más que el Primer Mandatario. Los sueldos de los empleadosque tienen ingresos superiores a USD 5 000 se sujetarán a los nuevosvalores que se establecerán en una nueva tabla salarial. La SecretaríaNacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones delsector Público (Senres) será la encargada de definirla. Otra de lasdisposiciones es la prohibición de incrementar los fondos privados decesantía y/o jubilación patronal. También restringe la emisión dereglamentos internos que contengan beneficios, como pagos por año deservicios o similares con recursos provenientes del Estado. El Mandatotiene efecto retroactivo y rige desde enero. (El Comercio, 17 ene. 2008,p. 9)

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